Alimentos ecológicos, "eco", biológicos, "bio" u orgánicos. Cualquiera de estas acepciones sirve para definir una clase de alimentos a la que se suele trasladar una cierta perspectiva complaciente por parte de los consumidores. Así, de entrada, parece que frente a aquellos alimentos que no los son, los que sí son "eco", se asocian a una forma de producción medioambientalmente más responsable. Esta, por definición, debería ser la clave. Sin embargo y al mismo tiempo, no pocos consumidores les trasladan también una serie de cualidades que, en principio, nada tendrían que ver con su naturaleza. Por ejemplo, es habitual que a los productos "eso" se les asocie otras cualidades como las de ser más nutritivos, más seguros, más sabrosos, y quien sabe si más "naturales", que sus homólogos no "eco", a pesar de que no exista una definición ni consenso establecido sobre qué es "ser natural" referido a un alimento.
¿Qué son los alimentos ecológicos?
Más allá de las conjeturas que cada cual pueda aplicar sobre el término "alimentos ecológicos", existe una normativa europea que los define y concreta. Así, según el Reglamento Europeo 2018/848 los alimentos (y también los piensos) ecológicos son aquellos que proceden de la agricultura ecológica.
Parece de perogrullo, no obstante, la misma normativa aclara, textualmente, que dicha agricultura es un sistema de gestión y producción agroalimentaria que combina las mejores prácticas ambientales junto con un elevado nivel de biodiversidad y de preservación de los recursos naturales, así como la aplicación de normas exigentes sobre bienestar animal, con la finalidad de obtener una producción conforme a las preferencias de determinados consumidores por los productos obtenidos a partir de sustancias y procesos naturales. El reglamento aclara, además, que la producción ecológica, recibe también otros nombres como biológica u orgánica y que serán válidos sus derivados y abreviaturas, tales como "bio" o "eco".
Así, y por encima de todo, los alimentos ecológicos son los que proceden de un sistema productivo particular. Dicho sistema se concreta en una serie de condiciones que, al mismo tiempo, también incluyen ciertas prohibiciones. De este modo, si se reúnen las circunstancias adecuadas afines a la legislación, el productor podrá solicitar el correspondiente certificado de producción ecológica y usar esta terminología con su correspondiente logotipo de la UE en el etiquetado y publicidad. El logo deberá acompañarse de un código numérico que servirá para identificar la entidad de control de quien depende el responsable del producto ecológico, además de su propia marca y los términos específicos de la producción ecológica.
¿Qué no son los alimentos ecológicos?
Tras conocer el marco jurídico que concreta qué es un alimento (o pienso) ecológico, es fácil identificar aquellos productos que no lo serán: aquellos que no luzcan el correspondiente logo. Esto sucederá ante dos circunstancias típicas: bien porque no cumplen con los requisitos de la reglamentación, o bien porque se trate de productos de los que, aunque se sospeche que la pudieran cumplir, no hayan sido certificados siguiendo los cauces correspondientes. Un ejemplo para que se entienda mejor este último caso: un vehículo a motor puede estar en perfectas condiciones para circular por la vía pública, sin embargo, si no ha sido certificado a través de las correspondientes inspecciones para que así lo pueda hacer (pongamos la ITV) no podrá circular en base a la actual legislación.
Esto nos lleva a estudiar dos casos habituales. El primero, el de aquellos pueblos y ciudades españolas cuyos respectivos ayuntamientos autorizan la instalación periódica de lo que se conoce como "mercadillos ecológicos". En la mayor parte de estos casos dichos mercadillos se suelen ubicar en plazas y espacios abiertos. A pesar de su nombre, y en sentido contrario a lo que muchos puedan pensar, un mercadillo que se caracterice por la venta de producto fresco, de cercanía y/o de temporada no será, por sí mismo, un mercadillo "eco" o "bio", por mucho que su nombre nos haga creer que sí. ¡Ojo, porque en estas circunstancias, que los productos no tengan la acreditación "eco" o "bio" no quiere decir que sean productos peores que aquellos que sí lo tengan! Además, la presencia de productos concretos que sí tengan el sello europeo, no implica que todos los demás productos, del mismo o del resto de puestos, sean también "eco" de verdad.
El segundo, el de los productos de la huerta o de la cabaña ganadera que uno mismo (o el abuelo de uno mismo) tenga para su consumo personal. Pueden ser estupendos (o no) pero no se suelen certificar.
En resumen: serán "eco" aquellos productos que llevan el correspondiente logo de estar producidos bajo el paradigma del Reglamento Europeo 2018/848, y no lo serán los que no tengan el logo, con independencia de si se han producido con una mayor o menor conciencia medioambiental.
Ejemplos de alimentos ecológicos
Citar ejemplos concretos de alimentos que puedan incluir una certificación ecológica puede ser una tarea inabarcable ya que cualquier alimento puede pertenecer a esta categoría siempre y cuando cumpla con la normativa correspondiente. Es decir, cualquier producto hortofrutícola, cualquier cereal, cualquier legumbre, huevo, leche, carnes de aves y ganado diverso, pescado y marisco, etcétera, podrían ser certificados en esta categoría en tanto en cuanto reúnan los requisitos pertinentes.
Además, y es posible que para sorpresa de algunos, también es posible (y nada infrecuente) encontrar productos que siendo ultra procesados, tal y como se entiende en la clasificación NOVA, tengan al mismo tiempo una certificación ecológica. Por tanto, y aunque parezca extravagante, en el mercado se pueden encontrar galletas, refrescos, bollería, snacks dulces y salados e incluso bebidas alcohólicas con el certificado de que sus ingredientes han sido obtenidos bajo el paraguas de la producción ecológica.
Normativa de los alimentos ecológicos
A la norma general ya comentada, que aplica a los países de la Unión Europea, se añade un número significativo de normativa particular para regular (y en su caso "convalidar") la importación a la UE de productos con certificación ecológica emitida por las administraciones de terceros países. Al mismo tiempo también hay aspectos particulares que son de aplicación a alimentos y piensos muy concretos, por ejemplo, la miel, los brotes de semillas germinados, el pescado, etcétera). La Comisión Europea nos facilita esta página web en la que se reúne toda la legislación referida a la producción "bio".
Beneficios de los alimentos ecológicos
Existen, a priori, tres claros beneficios directos de la producción ecológica:
- El primero, se supone, el de la mejora medioambiental a la hora de apostar por este tipo de producción tal y como recoge en su ideario el Reglamento Europeo.
- El segundo, el que implicaría al beneficio económico de los productores de alimentos ecológicos y en la medida que sus negocios sean rentables.
- El tercero, que aplica solo a la producción de alimentos ecológicos de origen animal, refiere sin ningún género de dudas a su nivel de bienestar animal, mejor que el de sus congéneres de la producción no "eco".
Todo lo demás, desde su, supuestamente, mejor valor nutricional a su mejor pronóstico de salud y seguridad alimentaria son solo eso: suposiciones que son motivo de acalorados debates
Contraindicaciones (y contrasentidos) de los alimentos ecológicos
El consumo de alimentos de producción ecológica no tiene contraindicaciones salvo el precio que, por término medio, es significativamente más caro que el de los homólogos no "eco" o de producción convencional. Un reciente informe de la OCU concluye que:
- En producto fresco, los "eco" son el doble de caros que los no "eco".
- En producto envasado, los "eco" son un 51% más caros que la marca líder de ese producto, y un 154% más caro que la marca de distribución.
Pero más allá de la contraindicación del precio, la producción ecológica incurre en no pocos contrasentidos con origen, algunas veces en el propio Reglamento Europeo. Por ejemplo:
- Entre los principios generales de la normativa se incluye el de respetar los ciclos naturales de las especies, algo que llama poderosamente la atención cuando muchas variedades de hortalizas se pueden encontrar en el mercado todo el año con su respectivo sello de producción ecológica. El tomate es uno de los ejemplos más evidentes.
- Al mismo tiempo, también se permite en ciertos casos el uso de etileno exógeno en cámaras como forma de maduración de ciertas frutas, lo que no parece muy "natural".
- Siendo como es la preocupación por el medioambiente uno de los principales intereses de la producción ecológica, resulta chocante que no se limite en ningún sentido las importaciones y exportaciones de estos productos incluso entre países de diferentes continentes, ni tampoco se regule el medio en el que se transportan. De esta forma es posible (y habitual) encontrar en los mercados de cualquier país desarrollado, productos ecológicos provenientes de otro, aun cuando en el país receptor dicho producto esté en temporada (siendo "eco" o no). Es decir, la normativa ecológica no contempla criterios de proximidad.
- Tampoco incluye criterios relativos a la forma de transporte, es decir, no será la primera vez que vemos en los lineales frutas tropicales "eco" que han llegado a nuestro país en avión.
- La normativa no observa ninguna restricción relacionada con la huella de carbono ni con la huella hídrica en todo el proceso productivo. Algo cuando menos cuestionable, tratándose de un sistema cuyo principal interés está centrado, al menos sobre el papel, en la conservación del medioambiente.
- Además, la normativa alienta sin tapujos las pseudociencias. Por ejemplo: en el caso de las prácticas agrícolas permite la agricultura biodinámica y, en el caso de los tratamientos veterinarios, se promueve el uso de la homeopatía.
¿Son más nutritivos, seguros y respetuosos los alimentos ecológicos?
Pocas cuestiones generan tanto debate en el marco de las cuestiones ecológicas. El debate, además, no es privilegio de los consumidores, sino que la comunidad científica tampoco se pone de acuerdo. Con lo cual, lo más prudente que se puede decir en este sentido es que no estamos seguro de nada a la hora de inclinar la balanza hacia un lado u otro en materia de densidad nutricional, seguridad alimentaria y conservación del medioambiente.
No obstante, un reciente estudio con metaanálisis que abordó todos estos interrogantes y comparó la producción ecológica frente a la convencional, llegó a las siguientes conclusiones en forma de flases informativos:
- Es bastante habitual encontrar dificultades en el control de las aflatoxinas y de la contaminación bacteriana en el marco de la agricultura ecológica.
- Los vegetales que se cultivan bajo el sello ecológico son menos productivos que los que se cultivan mediante sistemas convencionales.
- Los productos ecológicos NO tienen una mayor calidad sensorial NI tampoco nutricional que sus homólogos convencionales.
- En la producción ecológica hay mayor probabilidad de pérdida de cosechas que en la convencional.
- Los productos ecológicos son más caros que los convencionales.